Controlador de accesos - Comunidad de Madrid

· Modalidad: Presencial/online
· Fechas presencial: pendiente de confirmación, disponible modalidad online
· Precios: on line 100,00€ (incluye material didáctico )
· Acreditación: Personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
· Nivel: Básico
· Requisitos: Mayor de edad, Español o ciudadano de los países de la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia o trabajo correspondiente. Carecer de antecedentes penales.

Objetivos

Que el alumno conozca los derechos fundamentales, derecho de admisión, medidas de seguridad en los establecimientos, horarios de cierre y régimen jurídico de los menores de edad


Recursos humanos y técnicos

En caso de dudas se puede consultar al tutor asignado Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.


Evaluación

Para superar el curso es necesario que el alumno realice las actividades, una por cada tema, que serán presentadas a lo largo del mismo.


Descripción general

Los acontecimientos producidos en los últimos tiempos, relacionados con el colectivo de Controladores de Accesos, han ocasionado grandes cambios en la mentalidad de las administraciones. 
En la Comunidad de Madrid se ha aprobado el Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad de control de accesos a espectáculos públicos y actividades recreativa, y la Orden de 14 de Enero de 2009, por la que se aprueba las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de accesos a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de las tasas por derechos de examen, en la academia de policía local de la Comunidad de Madrid (en adelante CM), para la obtención de dicho certificado y se efectúa la convocatoria de las citadas pruebas.
Se realiza el siguiente temario para poder ayudar a aquellos controladores de accesos que deseen presentarse a las pruebas que convoca la CM y que les habilitará para ejercer dicha profesión
Este temario se ajusta a la parte teórica del examen. Se ha seleccionado, de las leyes, aquellas secciones que dan respuesta al programa de la convocatoria (seis temas). 
Los recursos documentales utilizados para desarrollar el temario son: la legislación, tanto estatal como autonómica, relacionada con la profesión de controlador de accesos.


Ø TEMA 1

1.1 Derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española de 1978. 
1.2 Nociones básicas de los delitos contra las personas y delitos contra la libertad y seguridad.
1.3 Omisión del deber de socorro.
1.4 Delitos contra los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones: atentado o falta de respeto a la autoridad o sus agentes.
1.5 Nociones básicas de los delitos contra la salud pública.

Ø TEMA 2

2.1 Nociones básicas sobre la tenencia de armas en locales de pública concurrencia: Ley 23/1992, de 30 de Julio, de Seguridad Privada, y normativa de desarrollo.
2.2 Real Decreto 137/1993, de 29 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Ø TEMA 3

3.1 Normativa sobre el derecho de admisión y libro de reclamaciones. Ley 17/1997, de 4 de Julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.
3.2 Real Decreto 2816/1998, de 27 de Agosto , por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos.
3.3 Decreto 163/2008, de 29 de Diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad de accesos a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Ø TEMA 4

4.1 Normativa sobre horarios de establecimientos públicos: Ley 17/1997, de 4 de Julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.
4.2 Decreto 184/1998, de 22 de Octubre del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones.
4.3 Orden 1562/1998, de 23 de Octubre, de la Conserjería de Presidencia, por el que se regula el régimen de horarios de locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.

Ø TEMA 5

5.1 Limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco y protección de menores de edad: Ley 17/1997, de 4 de Julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.
5.2 Capítulos I y II del Titulo III de la Ley 6/1995, de 28 de Marzo, reguladora de las garantías de los derechos de la infancia y adolescencia.
5.3 Títulos III y VI de la Ley 5/2002, de 27 de Junio, de Drogodependencia y Otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid.

Ø TEMA 6
Nociones Básicas de las infracciones previstas en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de Septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se regulan los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Madrid.


Información de Interés

Publicadas las fechas de examen para controladores de accesos Madrid 2016

 

Requisitos
 
1. Ser mayor de edad.
2. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondiente.
3. Carecer de antecedentes penales.
Documentación a presentar
 
1. Solicitud, ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta página.
2. Justificante del abono de tasas. Modelo 030, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
Exentos del pago de tasas (cumplimentar Anexo de acreditación de exención de tasas por derechos de examen, Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha):
- Personas desempleadas inscritas en el INEM como demandantes de empleo con antigüedad mínima de 2 años.
- Víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos
3. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, salvo que el interesado autorice su consulta en el formulario de solicitud. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, tarjeta de residencia y permiso de trabajo en vigor.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
 
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
 
* Presentación de solicitudes y documentación:
 
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
 
b) Por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
 
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Internet” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
 
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
 
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de aportación telemática de documentos, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica
 
Información complementaria
 
Se podrá consultar el contenido de las pruebas y el programa en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
 
Normativa aplicable
 
* Orden 317/2016. de 9 de febrero, de la consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan purebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
 
* Orden de 14 de enero de 2009, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (BOCM nº 13, de 16 de enero).

Fuente de información: Comunidad de Madrid

 

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